martes, 25 de agosto de 2009

Supremo argentino despenaliza tenencia de marihuana

25 Agosto 2009, 05:52 PM

Supremo argentino despenaliza tenencia de marihuana

El 53.7% de 1,000 encuestados se manifestó contrario a la iniciativa del gobierno


BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia declaró el martes inconstitucional castigar a un adulto por el consumo y la tenencia de marihuana para uso personal.

Los siete integrantes del máximo tribunal fallaron en forma unánime, dijo la corte en su sitio de Internet.

"Todos los jueces coincidieron en declarar la inconstitucionalidad de la pena de la tenencia para el consumo en privado... Cada individuo adulto es soberano para tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que desea sin que el Estado pueda intervenir en ese ámbito... La conducta realizada en privado es lícita, salvo que constituya un peligro concreto o cause daños a bienes o derechos de terceros'', explicó el tribunal.

Aunque el fallo de la Corte Suprema se aplica sólo al caso de cinco jóvenes detenidos por la policía en enero de 2006 con cigarrillos de marihuana en su poder, sienta un precedente para todas las causas por tenencia de drogas para consumo.

El fallo declaró inconstitucional el artículo de la ley de drogas que castiga con un mes a dos años de prisión la tenencia de estupefacientes para consumo privado y exhortó a los poderes públicos a "asegurar una política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables''.

Según la legislación vigente en Argentina, si alguien es detenido con drogas para su consumo se le inicia una causa penal que se suspende sólo si el imputado acepta someterse a un tratamiento médico de desintoxicación.

La resolución se conoce en medio de un debate público sobre la despenalización de la marihuana para consumo personal, defendida por el jefe de gabinete Aníbal Fernández.

A principios de agosto, el funcionario anunció que el gobierno trabaja en un proyecto de ley para despenalizar el consumo de drogas que estaría terminado antes de fin de año.

La iniciativa, que recibió el respaldo público de la presidenta Cristina Fernández, buscaría garantizar el tratamiento médico de los adictos y la prevención del consumo entre la población general, dejando en manos de la justicia a traficantes y lavadores de dinero.

Para el jefe de gabinete, el fallo de la Corte Suprema pone fin a la "política represiva'' de la década del '70.

"La política represiva que inventó la administración (de Richard) Nixon en Estados Unidos)... que se encargaba de castigar al usuario como si fuese un narco, está teniendo su fin por razones obvias: no ha reducido una sola hectárea de cultivos en ningún lugar del mundo y no ha reducido una sola de las redes de comercialización y tráfico de drogas en ningún lugar del mundo'', dijo a radio Continental.

Juan José Estevez, presidente de Remar Argentina, una red de centros de rehabilitación que asiste a más de 1,200 drogadictos en el país, criticó la decisión de la Corte.

"No me parece mal que a un adicto no se lo encierre en una prisión, pero también hay que conocer la realidad argentina. El nivel de adicción y conflictividad social vinculada a la droga en este país va en aumento. El consumo de drogas siempre implica un daño a terceros, como la familia... Este fallo no sólo va a generar más consumo sino también más tráfico porque los traficantes se van a mover con pequeñas cantidades de droga para eludir la ley'', dijo a AP.

"Además, el sistema de salud pública está colapsado, no está en condiciones de atender a una avalancha de adictos'', añadió.

Según especialistas, Argentina ha dejado de ser un país de tránsito de drogas para convertirse en un productor de estupefacientes.

La última encuesta sobre prevalencia del consumo de drogas del Instituto Nacional de Estadística y Censos difundida en julio de 2008 reveló que el 2 por ciento de la población de entre 16 y 65 años admitió haber consumido cocaína alguna vez --el equivalente a unas 440,000 personas sobre una población total de 36.3 millones--, en tanto el 7.2 por ciento --más de un millón y medio de habitantes-- reconoció haber probado la marihuana.

Un sondeo privado reciente demostró que la mayoría de los argentinos está en contra de la despenalización.

El 53.7 por ciento de 1,000 encuestados por la consultora Ibarómetro el 15 de julio en esta capital y 21 suburbios de la provincia de Buenos Aires se manifestó contrario a la iniciativa del gobierno. A su vez, el 38.5 por ciento se expresó a favor de la implementación de leyes más duras para combatir el consumo.

El consumo de drogas es visto como una de las principales causas del aumento del delito en todo el país en los últimos años, junto con el desempleo y la desigualdad social.

Según estadísticas del Ministerio de Justicia, la tasa de delitos se duplicó entre 1991 y 2007, primera y última medición disponible, respectivamente.

miércoles, 19 de agosto de 2009

PERSPECTIVAS DE LAS CONDICIONES DEL TIEMPO EN EL TRÓPICO, 800 AM EDT MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DE 2009

NWS
TPC/CENTRO NACIONAL DE HURACANES MIAMI FL


PARA EL ATLANTICO NORTE...EL MAR CARIBE Y EL GOLFO DE MEXICO...

EL CENTRO NACIONAL DE HURACANES ESTA EMITIENDO ADVERTENCIAS PARA EL
HURACAN BILL...LOCALIZADO CERCA DE 460 MILLAS AL ESTE DE LAS ISLAS
DE SOTAVENTO.

NUBOSIDAD Y AGUACEROS SOBRE EL NOROESTE DE LAS BAHAMAS...EL SUR DE
LA FLORIDA Y EL NOROESTE DEL MAR CARIBE ASOCIADOS A LOS REMANENTES
DE LA DEPRESION TROPICAL ANA GRADUALMENTE ESTAN DISMINUYENDO.
EXISTE UNA LEVE PROBABILIDAD...MENOS DE 30 PORCIENTO...DE QUE ESTE
SISTEMA SE CONVIERTA DE NUEVO EN UN CICLON TROPICAL DURANTE LAS
PROXIMAS 48 HORAS.

PARA EL RESTO DEL AREA...NO SE ESPERA FORMACION DE CICLON TROPICAL
DURANTE LAS PROXIMAS 48 HORAS.


PRONOSTICADORES AVILA

lunes, 17 de agosto de 2009

Eduardo Jorge Prats: Esta es una Constitución llena de garantías 

  

   12:38 PM -

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El jurista Eduardo Jorge Prats dijo este lunes que la reforma constitucional aprobada en primera lectura por la Asamblea Revisora da como resultado una Constitución llena de garantías. Jorge Prats señaló que la Carta sustantiva contempla las garantías del contenido esencial de los derechos fundamentales, así como la garantía institucional del defensor del pueblo. Además, destacó el experto en derecho constitucional, está consagrada la garantía jurisdiccional de los tribunales, garantía del amparo, de la rectificación, del habeas data, porque un derecho sin garantías no es un derecho en sí.

Entrevistado en el programa "El Diario del 4", Jorge Prats afirmó que el Estado está obligado a garantizar la transformación y los cambios que demanda la sociedad, que aseguró, tiene más de dos  millones de personas que viven en situación de pobreza estructural.

Afirmó que algunos empresarios no han entendido que el Estado debe jugar su rol como ente regulador de la actividad económica y sobre todo de la eliminación de todas  esas condiciones que contribuyen a perpetuar la discriminación y la exclusión social.

"Es lo que nosotros llamamos una Constitución dirigente, porque busca la transformación de la sociedad", agregó.      

Declaró que los trabajos de la reforma fueron iniciados tomando en cuenta los errores y omisiones de las reformas hechas en los últimos años.

Copyright 2009 El Nuevo Diario | Todos los derechos reservados.

domingo, 16 de agosto de 2009

Marco normativo que regula la Suprema Corte de Justicia



La estructura básica del Poder Judicial se rige por la Constitución Política (artículos 63 al 77); la Ley de Organización Judicial No. 821 del 21 de noviembre de 1927 y sus modificaciones; La Ley No. 25-91 del 15 de octubre del 1991, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia; la Ley No. 156-97 del 10 de julio del 1997, que modifica la citada Ley No. 25-91; la Ley No. 169-97 del 2 de agosto del 1997, que reglamenta el Consejo Nacional de la Magistratura; la Ley No. 327-98 de la Carrera Judicial. Es necesario resaltar las últimas modificaciones a la Ley de Organización Judicial No. 821 de 1927, y son las contenidas en las Leyes Nos. 50-00 del 26 de julio del 2000 y 141-02 del 4 de septiembre del 2002.

Todos los demás aspectos relacionados con la Suprema Corte de Justicia se regularán de conformidad con la Ley No. 821 de Organización Judicial, la Ley No. 3726 sobre Procedimiento de Casación y demás Leyes que modifican y completan las mismas. Igualmente, todas las circunstancias no previstas en la presente Ley, se regirán por el derecho común. También regulan su funcionamiento, entre otras leyes especiales, el Código de Procedimiento Civil, el Código Procesal Penal, la Ley de Registro Inmobiliario, el Código de Trabajo, el Código Financiero y Monetario, Código para el Sistema de Protección y los Derechos fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes ( Ley 136-03).
Base Legal
La estructura básica del Poder Judicial se rige por:
• La Constitución Política de la República Dominicana (artículos 63 al 77); • La Ley de Organización Judicial No. 821 del 21 de noviembre de 1927, Gaceta Oficial No. 3921 y sus modificaciones. Merecen especial mención la Ley No. 25-91, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia y La Ley No. 156-97, que modifica la Ley No. 25-91; la
• Ley No. 50-00, del 26 de julio del 2000; Ley No.141-02 del 4 de septiembre del 2002.
• La Ley No. 169-97, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura de la República Dominicana del 2 de agosto de 1997. G.O. 9916
• La Ley No. 327-98 de la Carrera Judicial, del 9 julio del 1998.
• La Ley NO. 267-98 que crea los Tribunales Superiores de Tierras de Santiago, del Seibo y Azua.
• La Ley NO. 136-03 Código para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, del 7 de agosto del 2003.
• La Ley No. 46-97 del 18 de febrero de 1997, Gaceta Oficial NO. 9748, que otorga autonomía administrativa y presupuestaria del Poder Judicial y Legislativo. Actualmente modificada por la Ley No. 194-04
• La Ley No. 91 del 1983 que instituye el Colegio de abogados de la República Dominicana de fecha 2 de agosto de 1983. Gaceta Oficial No. 9431.
• La Ley No. 301 del 18 de junio de 1964, sobre el Notariado, Gaceta Oficial No. 8870
• La Ley No. 16-92 del 29 de mayo de 1992, que crea el Código de Trabajo de la República Dominicana, G.O. 9836.
• La Ley No. 2-91 de 23 de enero de 1991, que dispone el funcionamiento de los tribunales y cortes de trabajo.
• Ley No. 585 de 5 de abril de 1977, que crea los Juzgados de Paz especiales de Tránsito. G.O. No. 9431.
• La Ley No. 11-92 del 16 de mayo de 1992 que crea el Tribunal Contencioso Tributario.
• La Ley No. 183-02 que crea el Tribunal Administrativo de lo Monetario y Financiero.
• La Ley NO. 76-02 que crea el Código Procesal Penal, con una nueva estructura de jueces de la instrucción y del proceso, instituye los jueces de ejecución de la pena.
• La Oficina Nacional de Defensa Publica, aprobada mediante Resolución del Pleno de SCJ el 19 de abril del 2002 y por la Ley No. 277-04 que crea el Servicio Nacional de la Defensa Publica
• La Ley No. 194-04 sobre autonomía presupuestaria y administrativa del Ministerio Público y de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y establece el monto presupuestario de estos y de los Poderes Legislativos y Judicial, que disfrutan de dicha autonomía mediante la Ley No. 46-97, del 18 de febrero de 1997.
• Ley No. 89-05 que crea el Colegio de Notarios
• Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario.

lunes, 10 de agosto de 2009

PERSPECTIVAS DE LAS CONDICIONES DEL TIEMPO EN EL TRÓPICO, 800 PM EDT LUNES 10 DE AGOSTO DE 2009

NWS
TPC/CENTRO NACIONAL DE HURACANES MIAMI FL


PARA EL ATLÁNTICO NORTE...EL MAR CARIBE Y EL GOLFO DE MÉXICO...

UN ÁREA AMPLIA DE BAJA PRESIÓN LOCALIZADA JUSTO AL OESTE SUROESTE DE
LAS ISLAS DE CABO VERDE SUR SE MUEVE HACIA EL OESTE A RAZÓN DE 10 A
15 MPH. LA ACTIVIDAD DE AGUACEROS Y TRONADAS PERMANECE LIMITADA AL
ANOCHECER. SIN EMBARGO...ESTE SISTEMA AUN TIENE EL POTENCIAL DE
CONVERTIRSE EN CICLÓN TROPICAL DURANTE LOS PRÓXIMOS DÍAS. EXISTE UNA
PROBABILIDAD...DE 30 A 50 PORCIENTO...DE QUE ESTE SISTEMA SE
CONVIERTA EN CICLÓN TROPICAL DURANTE LAS PRÓXIMAS 48 HORAS.

UN ÁREA PEQUEÑA DE BAJA PRESIÓN ASOCIADA CON UNA ONDA TROPICAL ESTA
PRODUCIENDO AGUACEROS DESORGANIZADOS Y TRONADAS CERCA DE LAS ISLAS
DE BARLOVENTO. EL DESARROLLO DE ESTE SISTEMA...SI ALGUNO...SERA
LENTO A MEDIDA QUE SE MUEVE HACIA EL OESTE ENTRE 10 A 15 MPH. LLUVIA
FUERTE LOCALMENTE Y VIENTOS EN RÁFAGAS DEBEN CONTINUAR
EXTENDIÉNDOSE SOBRE PARTES DE LAS ISLAS DE BARLOVENTO HASTA EL
MARTES EN LA MAÑANA. EXISTE UNA LEVE PROBABILIDAD...MENOS DE 30
PORCIENTO...DE QUE ESTE SISTEMA SE CONVIERTA EN CICLÓN TROPICAL
DURANTE LAS PRÓXIMAS 48 HORAS.